Cuando una pareja decide poner fin a su matrimonio, un juez debe emitir un decreto de divorcio. Esto requiere que un/una esposo/esposa presente una demanda con los causales del divorcio; entre ellos se incluyen un trato cruel e inhumano, adulterio, encarcelamiento, abandono, u abandono constructivo. Las diferencias irreconciliables ya no son causales de divorcio en Nueva York. Sin embargo, si un/una esposo/esposa no impugna los causales, el asunto puede ser trasladado a un expediente de mutuo acuerdo, evitando la necesidad de litigar los causales del divorcio. Una segunda manera para la obtención de un divorcio es a través de la conversión de un acuerdo de separación, que ha estado en effecto durante por lo menos un año.
El decreto de divorcio y acuerdo de separación pueden incluir custodia de hijos menores, régimen de visitas, distribución de bienes, manutención (pensión alimenticia) y otros asuntos como la educación y cuidado de hijos menores.
Keegan & Keegan, Ross & Rosner se encargan de estos asuntos, así como de la creación de acuerdos prenupciales, los cuales son hechos antes del matrimonio para abodar los temas de la distribución equitativa, manutención y otras cuestiones si la pareja se divorcia.
Nuestra oficina también se ocupa de asuntos de familia en la corte, incluyendo paternidad, manutención de hijos menores, custodia de hijos menores, y asuntos criminales. La Corte de Familia incluye a parejas no casadas, y además se ocupa de enjuiciamientos de menores de edad que son juzgados como delinquentes juveniles.
Póngase en contacto con un abogado matrimonial de Long Island matrimonial.